Al igual que una casa tiene distintos precios según qué Comunidad Autónoma la compremos, los gastos de compraventa de una casa también son diferentes. Y dependen del lugar donde se formalice la operación. 

Hay ciertos gastos que son comunes:

  • La escritura pública en la notaría (entre el 0,2% y el 0,5% del valor de la casa)
  • La inscripción correspondiente en el Registro de la Propiedad (entre el 0,1% y el 0,25% del precio de la vivienda). 
  • Los honorarios de la gestoría (unos 300€, aproximadamente).

El desembolso más importante parte de los siguientes impuestos:

Si se trata de una vivienda nueva: en este caso, hay que pagar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Los tipos impositivos establecidos en la actualidad son: 

– 10% con carácter general. 

– 4% cuando se trate de viviendas de protección oficial, de régimen especial o de promoción pública.

Si se trata de una vivienda de segunda mano: el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que grava las ventas de inmuebles y cuya cuantía se fija por aplicación de un porcentaje sobre el precio escriturado y dependiendo la Comunidad Autónoma donde se encuentra la vivienda. En el caso de Cataluña se sitúa en el 10% (el tipo impositivo más alto) como tipo general, aunque es cierto que Hacienda reserva un porcentaje bonificado para jóvenes, familias numerosas, personas con discapacidad y otros colectivos vulnerables.

Por otro lado, estarían los gastos de la hipoteca, que tras la nueva Ley Hipotecaria de junio del año pasado, se han reducido bastante, siendo únicamente a cargo del comprador el abono del precio de la tasación y la aportación de la copia de la escritura. Por su parte, la entidad bancaria se tiene que hacer cargo de los costes de gestoría, de notaría, de registro y del IAJD asociado a la escrituración de la hipoteca.

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