¿Estás pensando en arrendar una propiedad en tiempos de Covid? Los alquileres pueden ser muy rentables si das con esos inquilinos que cumplen con sus obligaciones. Lo ideal antes de alquilar una propiedad, es revisar bien el perfil de las personas que ocuparán tu vivienda durante el tiempo estipulado. La mayoría de las veces, la estancia de éstos transcurre con normalidad. Sin embargo, puede ser que te surjan improvistos, con arrendatarios que se quieran saltar las leyes y normas para beneficio propio.

Según la Agencia Negociadora del Alquiler, ha habido un incremento considerable de inquilinos y propietarios que, en estas circunstancias excepcionales generadas por el Covid, intentan buscar atajos para saltarse o incumplir directamente la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

En este post, resumimos las circunstancias de incumplimiento de alquiler más frecuentes de los ARRENDATARIOS.

Incumplimiento de pago

Uno de los principales motivos por los que los inquilinos no cumplen los contratos, es porque dejan de pagar mensualmente a los arrendadores. Hay diferentes causas que lo provocan, pero el inicio de la pandemia ha sido un detonante clave que ha hecho aumentar la morosidad.  Por lo general, sin tener en cuenta el covid hay dos perfiles destacados. El que no puede afrontar el pago, porque posiblemente no disponga de empleo con los despidos. Y los que de forma premeditada, no pagan. La finalidad en ambos casos, es la misma: el arrendador no percibe el pago de sus rentas.

Subarrendar la propiedad

Todas las personas que están viviendo en la propiedad, deben aparecer explícitamente en el contrato de arrendamiento. El propietario debe saber quién o quienes están habitando su vivienda. Esto puede genera dos escenarios: que los inquilinos que aparecen en el contrato no sean suficientemente solventes y por ello necesiten otras personas para poder pagar la renta. Lo más seguro, es que si estas personas se van, no se podrá cumplir con el pago completo. Y si, por lo contrario, los inquilinos que aparecen en el contrato deciden abandonar la vivienda y se sustituyen por las personas subarrendadas, éstas podrían queda libres de responsabilidades, además del desconocimiento por parte del propietario de no saber quién está viviendo en su casa.

Usar como mes de alquiler el mes de fianza

No hay que confundir la fianza con el mes en curso. A veces ocurre que el inquilino, el mes antes de rescindir el contrato, usa la fianza como mes de alquiler. Lo resuelven de esta manera porque les atemoriza que el propietario no les devuelva la fianza. Este acto es ilegal y ante ninguna circunstancia debe efectuarse de este modo. La fianza debe devolverse al finalizar el contrato, con un mes de plazo para el abono tras la entrega de llaves.

El arrendatario precoz

El contrato de arrendamiento estipula que hay que avisar a la propiedad con dos meses de antelación antes de abandonar la propiedad, después de cumplir con los meses de obligado cumplimiento estipulados en el contrato y previamente aprobados por ambas partes. Si se fuesen antes de tiempo, hay una penalización establecida en la que los arrendatarios deben abonar una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización. Sin embargo, hay inquilinos que creen que pueden marcharse cuando quieran y que no deben pagar nada por ello.

Deterioro de la vivienda

En ocasiones, los arrendatarios generan a lo largo de su estancia destrozos que deterioran considerablemente la propiedad. Lo atribuirán al deterioro por transcurso del tiempo o desgaste, y no por mal uso, lo que es una acusación falsa. Al abandonar la vivienda, el propietario la recibe en malas condiciones, viéndose obligados a invertir en reformas.

Si estás pensando en arrendar una propiedad valora bien tus opciones. Contempla la posibilidad de gestionarlo a través de una inmobiliaria de confianza que revise bien cada perfil y que cumpla a rajatabla todo lo que debe quedar bien descrito en el contrato. El arrendamiento es una opción muy válida pero ¿has pensado en vender? No descartes la opción sin haberlo estudiado antes.

Si necesitas asesoramiento para incrementar tus beneficios y mejorar tu calidad de vida, contacta con nosotros, te ayudaremos.