ITE y la IEE: Para poder gestionar la venta de una propiedad, uno de los documentos que se necesita tener en regla es la ITE. La inspección Técnica de Edificaciones, es la inspección que evalúa los edificios con cierta antigüedad recopilando información sobre su estado de conservación, accesibilidad y certificación energética. Su finalidad es valorar si el edificio cumple con todas las medidas de seguridad, mejorar su eficiencia y favorecer la conservación y rehabilitación de éstos.

Deben realizarlo los edificios colectivos con más de 50 años de antigüedad y las casas individuales con más de 75 años. También aplica a edificios que compartan servicios como hoteles y residencias.

Llevamos varios años con la ITE y la IEE, Informe de Evaluación del Edificio, es el documento que evalúa el estado de los edificios de manera más amplia para acreditar el estado real del inmueble, de forma más eficiente.

 

PREGUNTAS FRECUENTES de la ITE Y LA IEE:

¿Para que necesitamos estos documentos?

Si se quiere renovar o solicitar la cédula de habitabilidad de una propiedad, corresponde tener en vigor el IEE, con su resultado, tanto si es apto o no apto con deficiencias leves. También se necesitará si quieres realizar alguna rehabilitación protegida tanto por antigüedad como por estructura.

¿Hay que renovarlo en algún momento?

Su validez es de 10 años, una vez pasados estos años, habrá que renovarse. Si las condiciones del edificio se deterioraran en menos de este plazo, se deberá arreglar los desperfectos o volver a redactar un nuevo informe.

¿Quién es el responsable de llevar a cabo este documento?

Un arquitecto o arquitecto técnico.

 

¿De qué consta este informe?

El IEE, se divide en tres partes cuyo contenido es el siguiente:

Certificado energético. Incluirá un informe sobre el consumo energético y sobre las emisiones de CO2 del edificio.

Un edificio dependiendo de su conservación, puede ser calificado como APTO o NO APTO.

Si NO ES APTO, se puede diferenciar entre varias opciones:

  • APTO: Sin deficiencias a remarcar.
  • APTO CON DEFICIENCIAS LEVES: Con desperfectos de conservación que deberán repararse durante la validez del IEE.
  • NO APTO PROVISIONALMENTE: Con desperfectos graves que deberán corregirse en menos de un año y no sean un peligro para vecinos y transeúntes.
  • NO APTO: Con desperfectos graves que impliquen peligro para las personas o requieran obras de más de un año de duración.

Estado de conservación del edificio. 

Accesibilidad. El acceso a los edificios está siendo un asunto muy importante y respetado en estos momentos. Cualquier elemento que incumpla la normativa al acceso de éstos, será descrito en el informe y contemplará ajustes propicios para mejorar la accesibilidad.

 

En Lunallar a la hora de gestionar una compra o venta de una propiedad, nos cercioramos de que toda la documentación, incluida la ITE esté en vigor para asegurar calidad y transparencia en todo momento.

¿Te surge alguna pregunta con respecto a la ITE o IEE? Contacta con nosotros, te ayudaremos a resolverlas.