El contrato de arras es un documento firmado por el comprador y el vendedor durante la compraventa de una vivienda. De esta manera queda por escrito su voluntad de llevar a cabo la operación y finalizarla en un plazo determinado. Durante la firma, el comprador entrega una suma de dinero acordada como reserva de la vivienda.

En caso de incumplimiento por alguna de las partes implicadas en el acuerdo, se enfrentará a consecuencias legales. El notario utilizará este documento como base para redactar la escritura de compraventa, por lo que es esencial incluir toda la información y acuerdos de la operación. Por ejemplo, si acuerdan repartir el pago del IBI entre comprador y vendedor de forma proporcional, esto debe detallarse en el contrato de arras.
 

Tipos de contrato de arras

      • Arras penitenciales: Consiste en la entrega de una suma de dinero para reservar la propiedad, que funcionará como indemnización en caso de romperse el contrato. Si el comprador lo incumple, el vendedor se queda íntegramente con el importe, en caso de que sea el vendedor quien incumple el contrato, se debe de entregar dicha suma por duplicado al comprador.
      • Arras confirmatorias: Se entrega una suma de dinero, pero ésta no funciona -necesariamente- como indemnización si se rompe el contrato.
      • Arras penales: Consiste en la entrega de un importe, que funcionará como indemnización si se rompe el contrato. Su objetivo principal es la no reclamación judicial por desistimiento asegurando una dicha posibilidad del contrato por las partes contratantes. Esto es muy importante, ya que las arras penitenciales no dan derecho a incumplir las obligaciones, sino a desistir del contrato. Tampoco son una confirmación del contrato como las arras confirmatorias. Si alguna de las partes desiste, estas arras impiden que se impugne judicialmente el incumplimiento contractual ya que no existe, sino que hay un desistimiento lícito y libre. Pero el precio que constituye estas arras se perderá. En caso de que lo haya incumplido el comprador, se quedará sin el dinero entregado, y en caso de que lo incumpla el vendedor, deberá devolver el dinero que le fue entregado en concepto de arras penitenciales duplicado.
      •  

        ¿Cuánto dinero se entrega al firmar unas arras?

        En general, se suele entregar un 10% del precio de venta de la vivienda en concepto de arras. Al ser un documento en privado, la cantidad puede variar según acuerdo entre comprador y vendedor. En todo caso, la cantidad estipulada debe detallarse en el contrato y se tomará como un adelanto del precio de venta. Es decir, cuando se firme la escritura de compraventa, el comprador nos entregará el valor total del piso, menos la cuantía que entregó en las arras.

      •  

        ¿Cómo redactar el contrato de arras al vender una vivienda?

        Un contrato de arras es un documento con gran importancia  a la hora de realizar la escritura, por ello, es recomendable que lo redacte un profesional, para que  no haya ningún problema. Si vendemos el piso con una inmobiliaria, esta se encargará de redactar el contrato de arras y el coste vendrá incluido en la comisión. En efecto, muchos contratos de intermediación (que son aquellos que firmamos al contratar a la agencia para vender el piso) incluyen una cláusula donde se autoriza a cobrar el dinero de las arras en nuestro nombre. 

        ¿Eres vendedor o estas buscando un piso para comprar? Si tienes alguna duda, brindamos asesoramiento integral; somos una Consultora Inmobiliaria, contáctanos.